El Gobierno cambió el trámite para proponer jueces de la Corte Suprema
Publicado: 18 / 06 /2026El Poder Ejecutivo modificó el procedimiento para nominar jueces de la Corte Suprema, el Procurador General y el Defensor General. La medida fue publicada como Decreto 467/2026 y vuelve a poner en discusión el equilibrio entre velocidad administrativa, transparencia y control parlamentario.

La decisión elimina una instancia previa que funcionaba dentro del Ministerio de Justicia: la recepción de observaciones, adhesiones e impugnaciones antes de que el pliego llegara al Senado. El Gobierno sostiene que ese paso duplicaba mecanismos que ya existen en la Cámara alta, donde los candidatos deben atravesar audiencias públicas y obtener acuerdo legislativo.
Qué cambia desde ahora
El nuevo esquema mantiene la intervención del Senado, pero acorta la etapa administrativa previa. Los antecedentes de los postulantes deberán publicarse por canales oficiales y los candidatos tendrán plazos más ajustados para presentar declaraciones juradas patrimoniales y documentación vinculada a eventuales conflictos de intereses.
También se fija un límite de cinco días para que ARCA elabore informes sobre el cumplimiento de obligaciones impositivas y previsionales de los postulantes, con resguardo del secreto fiscal. En la práctica, el Gobierno busca que los expedientes lleguen más rápido al Congreso.
Uno de los puntos más sensibles es que el decreto ya no replica la recomendación del régimen anterior para contemplar diversidad de género, especialidad jurídica y procedencia regional al momento de seleccionar candidatos. Ese aspecto fue señalado por juristas y organizaciones como una reducción de estándares de participación y representación.
El debate político y judicial
La Casa Rosada defiende la reforma con el argumento de que no se altera el procedimiento constitucional: el Presidente propone, el Senado presta acuerdo y luego se completa la designación. Para el oficialismo, la instancia legislativa alcanza para garantizar publicidad y control ciudadano.
La oposición y referentes del ámbito judicial, en cambio, advierten que la eliminación de una etapa abierta dentro del Ejecutivo reduce controles antes de que el nombre elegido quede políticamente consolidado. El trasfondo es la situación de la Corte, que funciona con vacantes y sigue en el centro de la disputa institucional.
Fuentes consultadas
- Boletín Oficial de la República Argentina, Decreto 467/2026.
- Infobae, cobertura del 16 de junio de 2026 sobre los cambios en el procedimiento.
- La Nación, cobertura del 16 de junio de 2026 sobre el alcance del decreto.
- El País, análisis del 17 de junio de 2026 sobre participación ciudadana y criterios de diversidad.
